Oposición a un juicio monitorio: cómo defenderse y en qué plazo
Si ha recibido la notificación de un juicio monitorio, dispone de 20 días hábiles para oponerse. Le explicamos con claridad qué es, qué motivos de oposición funcionan y cómo actuar a tiempo.
¿Qué es un juicio monitorio y por qué lo ha recibido?
El juicio monitorio es un procedimiento rápido para reclamar deudas dinerarias que aparecen documentadas (artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Un banco, una financiera o un fondo que ha comprado su deuda presenta la reclamación ante el juzgado, y este le requiere a usted el pago. No es una sentencia: es un requerimiento frente al que tiene derecho a oponerse.
Lo más importante
Tiene 20 días hábiles para oponerse
Desde la notificación del juzgado corre un plazo de 20 días hábiles. Dentro de él puede pagar, oponerse o no hacer nada. Si no actúa, el monitorio puede terminar en ejecución y embargo. Por eso conviene revisar su caso cuanto antes.
Motivos de oposición que funcionan
No toda deuda reclamada por vía monitoria es exigible tal y como se plantea. Estos son los motivos de oposición más habituales que valoramos en su expediente:
La cantidad reclamada incluye intereses, comisiones o recargos que no corresponden. Se discute el importe y se reduce a lo realmente debido.
Si ha transcurrido el plazo legal sin reclamación válida, la deuda puede haber prescrito (con carácter general, cinco años, artículo 1964 del Código Civil).
El demandante debe acreditar la deuda con documentos. Si no aporta el contrato ni el detalle del importe, la reclamación se sostiene mal.
Cuando un fondo compra su deuda, debe probar la cadena de cesión (artículo 1526 del Código Civil). Si no la acredita, cabe oponerse.
Si el crédito procede de una tarjeta o préstamo con TAE desproporcionada, puede ser nulo por usura (Ley Azcárate), lo que afecta a lo reclamado.
Si su deuda se cedió una vez iniciado el litigio, el artículo 1535 del Código Civil le permite extinguirla pagando solo lo que el fondo pagó por ella.
Cómo se presenta la oposición
Desde la notificación del juzgado dispone de 20 días hábiles para actuar. Es el punto más importante: pasado ese plazo, la vía de oposición se cierra.
Revisamos la petición inicial, los documentos aportados y el origen de la deuda para identificar los motivos de oposición viables.
Presentamos el escrito de oposición ante el juzgado dentro de plazo, con los argumentos jurídicos aplicables a su caso.
Tras la oposición, el asunto continúa por el juicio verbal u ordinario según la cuantía, donde defendemos su posición.
Oposición a monitorios de fondos de deuda
Buena parte de los monitorios los presentan hoy fondos que han comprado carteras de deuda a la banca. La cesión abre motivos de oposición específicos:
LC Asset 1 y LC Asset 2 SARL son fondos que adquieren carteras de deuda y reclaman por vía monitoria. Defensa frente a LC Asset.
Intrum gestiona y reclama deudas cedidas por bancos y financieras. Defensa frente a Intrum.
Cabot, Axactor, Cerberus o Cerberus actúan de forma similar. Defensa frente a fondos buitre.
Cómo trabajamos
Su oposición, firmada por un abogado
Francisco Orozco, Doctor en Ciencias Jurídicas y colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Málaga y de Sevilla, especialista en derecho bancario. Estudiamos la viabilidad de su oposición antes de actuar.
Preguntas frecuentes
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