Un fondo buitre ha comprado tu deuda y ahora te reclama el importe total. Es una situación cada vez más habitual: los bancos y las financieras venden carteras de préstamos, hipotecas y tarjetas a fondos de inversión por una fracción de su valor. En Calategui Abogados estudiamos tu caso y te defendemos frente a la reclamación.
¿Qué es un fondo buitre?
Un fondo buitre es un fondo de inversión que compra deuda impagada a las entidades financieras a un precio muy inferior a su valor nominal. Después reclama al deudor el importe íntegro, gestionando el cobro a través de sociedades especializadas, los llamados servicers. Su negocio está precisamente en la diferencia entre lo que pagaron por tu deuda y lo que intentan cobrarte.
¿Cómo ha llegado tu deuda a un fondo buitre?
La operación se articula como una cesión de crédito, regulada en los artículos 1526 y siguientes del Código Civil. El banco cede tu préstamo al fondo, que pasa a ocupar su posición como acreedor. La ley no exige tu consentimiento, pero sí tiene consecuencias a tu favor:
- Si no te notificaron la cesión, el pago realizado al acreedor original te libera (artículo 1527 del Código Civil).
- El fondo no puede reclamarte más de lo que podía reclamar el banco: si tu contrato contiene cláusulas abusivas, siguen siendo nulas también frente al fondo.
Tu principal arma: el retracto de crédito litigioso (artículo 1535 CC)
Cuando la deuda se está discutiendo en un procedimiento judicial (crédito litigioso) y se vende a un tercero, el artículo 1535 del Código Civil te concede el derecho de retracto: puedes extinguir tu deuda pagando al fondo únicamente el precio que este pagó por tu crédito, más los intereses y las costas, y no el importe nominal que te reclama.
El plazo es breve, nueve días desde que el fondo te reclama el pago, por lo que conviene actuar con rapidez y con asesoramiento profesional.
¿Qué podemos hacer por ti?
- Estudiar el contrato y la cesión para detectar cláusulas abusivas (intereses moratorios, vencimiento anticipado, comisiones) y oponer su nulidad.
- Comprobar si concurre el derecho de retracto del artículo 1535 CC y ejercerlo dentro de plazo.
- Verificar la legitimación del fondo y la correcta notificación de la cesión.
- Negociar una quita realista o defenderte en el procedimiento judicial o de ejecución.
Fondos buitre y ejecución hipotecaria
Cuando el crédito cedido es una hipoteca, el fondo se subroga en la posición del banco y puede continuar la ejecución hipotecaria. Frente a él dispones de las mismas defensas que tendrías frente a la entidad original, incluida la oposición por cláusulas abusivas conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en materia de protección de consumidores.
Preguntas frecuentes
¿Pueden reclamarme más de lo que pagaron por mi deuda?
Pueden reclamar el importe que figura en el contrato, pero si la deuda es litigiosa puedes acogerte al retracto del artículo 1535 CC y pagar solo lo que el fondo abonó por ella.
¿Es legal que mi banco venda mi deuda sin avisarme?
La cesión no exige tu consentimiento, pero debe notificársete. Si no se hizo, el pago al acreedor original te libera y puede afectar a la reclamación del fondo.
¿Qué ocurre con las cláusulas abusivas de mi contrato?
Siguen siendo nulas. El fondo no adquiere más derechos de los que tenía el banco, de modo que puedes oponer su nulidad igual que frente a la entidad original.
Si un fondo buitre te reclama una deuda, no firmes ni pagues nada sin asesorarte antes. Contacta con Calategui Abogados y estudiamos tu caso.
{«@context»:»https://schema.org»,»@type»:»FAQPage»,»mainEntity»:[
{«@type»:»Question»,»name»:»¿Pueden reclamarme más de lo que pagaron por mi deuda?»,»acceptedAnswer»:{«@type»:»Answer»,»text»:»Pueden reclamar el importe que figura en el contrato, pero si la deuda es litigiosa puedes acogerte al retracto del artículo 1535 CC y pagar solo lo que el fondo abonó por ella.»}},
{«@type»:»Question»,»name»:»¿Es legal que mi banco venda mi deuda sin avisarme?»,»acceptedAnswer»:{«@type»:»Answer»,»text»:»La cesión no exige tu consentimiento, pero debe notificársete. Si no se hizo, el pago al acreedor original te libera y puede afectar a la reclamación del fondo.»}},
{«@type»:»Question»,»name»:»¿Qué ocurre con las cláusulas abusivas de mi contrato?»,»acceptedAnswer»:{«@type»:»Answer»,»text»:»Siguen siendo nulas. El fondo no adquiere más derechos de los que tenía el banco, de modo que puedes oponer su nulidad igual que frente a la entidad original.»}}
]}