A menudo nos contactan clientes que buscan un abogado experto en Derecho Hipotecario para intentar paralizar su ejecución hipotecaria. Primeramente, lo hacen sin ninguna expectativa, pero cuando explicamos las posibilidades, es bastante común que su caso se encuentren en alguna de ellas.
Tras la notificación del Auto despachando ejecución, y notificación del Decreto de ejecución hipotecaria, el cliente tiene 10 días para oponerse (en algunos casos, puede hacerse después – incluso varios años después) alegando alguno de los siguientes motivos:
- Demostrar irregularidades en el procedimiento: Nuestros abogados se podrán oponer a la ejecución hipotecaria si se pueden demostrar irregularidades en el proceso de ejecución, como errores en la notificación, falta de documentación adecuada, etc. Por ejemplo; hay fondos buitre que compran créditos a bancos españoles, pero al iniciar el procedimiento no aportan prueba suficiente para acreditar esa «compra» del crédito al banco. Por lo que el procedimiento de ejecución decae por un defecto procesal.
- Pago o consignación de la deuda reclamada: A veces, se puede detener la ejecución hipotecaria si se paga la deuda pendiente o se consigna en un juzgado el importe reclamado.
- Alegar cláusulas abusivas en el contrato hipotecario: Si el contrato hipotecario contiene cláusulas consideradas abusivas por la legislación española o por decisiones judiciales previas, se puede utilizar este argumento como base para oponerse a la ejecución. Es el ejemplo de la cláusula de vencimiento anticipado, el anatocismo de las hipotecas de UCI, etc.
- Falta de notificación adecuada: Si no se ha notificado correctamente al deudor sobre la ejecución hipotecaria o sobre otras cuestiones relacionadas con el procedimiento, se puede utilizar esta falta de notificación como motivo para oponerse. De hecho, es una causa muy común de sobreseimiento.
- Demostrar la existencia de un acuerdo de reestructuración de deuda: Si se ha alcanzado un acuerdo de reestructuración de deuda con la entidad financiera, se puede argumentar que la ejecución hipotecaria no es necesaria debido a este acuerdo.
- Alegar circunstancias extraordinarias: En casos excepcionales, como situaciones de extrema vulnerabilidad económica o social, se puede solicitar al juez que detenga la ejecución hipotecaria debido a estas circunstancias. Sin embargo, esta causa suele servir al objeto de evitar el desahucio.
Es importante tener en cuenta que cada caso es único y todos los casos pueden variar. Por lo tanto, es recomendable que pida una cita con uno de nuestros Abogados -presencial o por videoconferencia- y envíe previamente la documentación de la que disponga para entender completamente las opciones disponibles en una situación particular.
Puede escribir un whatsapp o llamar por teléfono al 650 404 833.
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